sábado, 2 de febrero de 2008

Cuentacuentos

La semana pasada señalamos el incumplimiento a diversos ordenamientos por parte del titular de la Comisión Estatal del Agua ("Más claro, ni el agua"). La reacción del Gobernador ante flagrante infracción es en principio desconcertante e inmediatamente decepcionante. Si Emilio González Márquez no ve o no quiere ver la violación flagrante y clarísima por parte de su colaborador, no hay razones para que los ciudadanos puedan confiar en sus propuestas presentadas ayer en materia de rendición de cuentas.

César Coll cobró un bono indebidamente, violando la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, la Ley del Agua, la de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público. Esta violación tiene como consecuencia la aplicación de sanciones. La prohibición y la sanción existen en la Ley, no en el ánimo del Gobernador.

Una de las excusas de Coll es que los organismos descentralizados son autónomos para determinar este tipo de pagos, confundiendo la independencia con indolencia, y entendiendo la autonomía como una patente de corso presupuestal.

Podemos recurrir a la nota de MURAL del 15 de noviembre de 2006, ahí se registra la devolución de un bono que fue otorgado a funcionarios de primer nivel del ITEI. Otro organismo constitucional autónomo (OCA) es el Instituto Electoral del Estado de Jalisco. MURAL publicó el 12 de julio de 2007 "Prohíben bonos para consejeros"; la nota registra que, ante la duda de los consejeros para otorgarse este tipo de beneficios, quisieron curarse en salud consultándolo con la Auditoría Superior del Estado de Jalisco, instancia que finalmente podría determinar lo indebido de la conducta.

La respuesta de la ASEJ fue contundente: "Bajo ninguna circunstancia, puede otorgar o recibir bonos anuales o con cualquier otra periodicidad, gratificaciones por conclusión del encargo, u otras percepciones de similar naturaleza adicionales a la remuneración cualquiera que sea su denominación", asegurando que no lo podían otorgar atendiendo los artículos 46, 54 bis, 54 bis 1, 54 bis 7 y 55 de la Ley para los Servidores Públicos.

El IEEJ y el ITEI son OCAs, y por tanto gozan de mayor autonomía que los descentralizados, como el que dirige Coll. No hay que darle tantas vueltas, las normas no pueden ser más claras. Lo único que es más claro que los dispositivos legales vulnerados es la ambición de quien lo toma (Coll) y la displicencia del Gobernador.

MURAL publicó el pasado martes 29 "Quita Ejecutivo dádivas a OPDs". La nota refiere que se le hizo ver al Gobernador la violación legal por parte de César Coll. Le fueron citados los artículos que prohíben este tipo de conductas, se le hizo ver que la CEA se rige por la ley de servidores públicos... Total, que los reporteros le habrían querido dar el ABC de las reglas que prohíben los bonos, y la respuesta de Emilio González ante ello está para enmarcarse: "justificó la entrega del bono ya que en 2007 la orden de no bonos era, exclusivamente, para los Secretarios y no incluía a los OPDs.

"Para este segundo año estaremos haciendo extensiva la obligación (de no recibir ni otorgar bonos) a los Organismos Públicos Descentralizados y en ese momento ni él (César Coll) ni ninguno recibirán el bono", dijo el Mandatario.

Dejamos el terreno de la República para entrar en la Monarquía. En las monarquías la palabra del Rey es la ley, por eso es el Soberano (por encima de todos). Lo que es más, hay de monarquías a monarquías; en las que el monarca es la ley son las absolutas, y en las que debe someterse a la ley son las constitucionales. En la República (que creo que todavía es nuestro caso), la ley está por encima del gobernante. De manera que estas disposiciones no debieron cumplirse por instrucción del Gobernador, sino porque simplemente lo ordena la ley, y en una partecita que se llama "Transitorios", dice la fecha en la que empieza a tener vigencia la norma. Tuve el cuidado de verificar los transitorios de todas las leyes violadas alegremente, y en ninguna parte dice que la vigencia está condicionada a que el Gobernador gire una orden al respecto.

Con esta declaración se rompen los paradigmas de lo bochornoso y de la indignación. El Gobernador entra de lleno en terrenos inexplorados. Todavía hay más: "el Gobernador, contrario a lo que dice la ley, señaló que esta dependencia, y todos los Organismos Públicos Descentralizados, tienen autonomía para decidir respecto a los bonos" (MURAL 29/1/08). Desconozco quién lo asesore en estos temas, pero sí le puedo asegurar que cualquier estudiante de tercer semestre de Derecho, de cualquier universidad, le alcanza a decir que no es así.

Seguimos con la nota: "se le insistió al Mandatario estatal que la Ley Antibonos es para todos los servidores públicos, sin importar si son de una Secretaría o de un OPD", y respondió: "No, no estaba para todos".

"Según el argumento del Gobernador, son las juntas de Gobierno de los OPDs donde se fija el sueldo de los funcionarios". Contrario a lo que dice el Gobernador, los Secretarios tenían que dejar de darse bonos por mandato de ley, no por mandato de él. Contrario a lo que dice el Gobernador, las juntas de gobierno de los OPDs no pueden decidir en contra de lo que manda la ley.

Con esas "interpretaciones" ante dispositivos sumamente claros, es difícil confiar en la propuesta que presentó ayer el Gobernador, respecto a hacer informes cuatrimestrales y no, anuales. Dice que los anuales son para lucimiento personal, al mismo tiempo que su imagen o su voz se difunde por todos los medios posibles.

Ahí está un caso concreto (el bono de Coll) para que se rindan cuentas y no para que nos cuenten cuentos... malos, por cierto.

sábado, 26 de enero de 2008

Más claro, ni el agua

Según declaraciones del titular de la Comisión Estatal del Agua (CEA), y el portal de transparencia del propio organismo, César Coll habría recibido en 2007 un bono, y todo indica que lo recibirá en 2008. Esta conducta está expresamente prohibida por el marco legal que debería regir, pero para el titular de la CEA es letra muerta.

El pasado jueves, MURAL publicó "Defiende Coll los bonos.- El titular de la CEA... defendió el bono que se otorgó en el 2007, por 61 mil pesos, y dejó abierta la posibilidad de recibirlo también este año". Dijo: "Como organismo autónomo tenemos ciertas facultades y se ha hecho lo correspondiente". Al cuestionársele por el bono que se otorgó en 2007, respondió "no sé cuál bono". Sus subordinados le habrían hecho ver que la información se encontraba en Internet, y entonces dijo "La Secretaría de Administración nunca nos ha turnado ningún oficio al respecto que dijera lo contrario, por lo tanto se va a quedar así".

Lo más seguro es que tenga razón y que efectivamente se quede así. Pero esto sucedería porque vivimos en un "Estado de NO Derecho", pues de aplicarse la normatividad las consecuencias apuntarían en otra dirección.

Coll se equivoca al decir que la CEA es un organismo autónomo. La CEA es un organismo descentralizado. Existen diferencias entre un organismo descentralizado y uno autónomo. Organismos autónomos lo son el Instituto Electoral del Estado de Jalisco y la Comisión Estatal de Derechos Humanos. No obstante su autonomía, los titulares de estos organismos no se otorgan bonos, y se ha llegado a la conclusión de que no pueden hacerlo.

La imposibilidad de que los titulares de los órganos autónomos se otorguen bonos se encuentra establecida en el marco legal; también las sanciones, en caso de que lo hagan.

El artículo 46 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, establece "Es causal de responsabilidad administrativa..., establecer en los presupuestos de egresos o autorizar el pago de bonos anuales o con cualquier otra periodicidad, gratificaciones por fin del encargo u otras percepciones de similar naturaleza, adicionales a la remuneración, cualquiera que sea su denominación. En igual responsabilidad incurre el servidor que reciba este tipo de percepciones. Las sanciones que se apliquen... son independientes de las que procedan en caso de configurarse responsabilidad política, penal o civil". Ahora sí que más claro, ni el agua.

En caso de duda podemos recurrir al artículo primero de la misma ley: "La presente ley es de orden público, de observancia general y obligatoria para los titulares y servidores públicos de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, organismos constitucionales autónomos, ayuntamientos y sus dependencias, así como para los organismos públicos descentralizados del Poder Ejecutivo del Estado...". Más claro, ni el agua.

Si todavía tiene dudas, podemos recurrir a la ley publicada en el portal del organismo que el propio Coll dirige. El artículo 21 de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios dice: "La Comisión, organismo descentralizado del Gobierno del Estado...". El artículo 22 de la misma ley ordena: "Los servidores públicos y demás empleados de la Comisión... se regirán por las disposiciones relativas a los servidores públicos del Estado". Entonces, sí es un organismo descentralizado y sí está obligado a regirse por los dispositivos legales que se han mencionado. Más claro, ni el agua.

Si la duda todavía persiste, podemos recurrir a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, concretamente al artículo 33: "Los organismos descentralizados del Poder Ejecutivo aprobarán por conducto de sus propios órganos de gobierno sus respectivos presupuestos de egresos..., cumpliendo con los principios de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal, motivación, certeza, equidad y proporcionalidad y con apego a lo establecido en la presente ley. Los presupuestos a que se refiere el presente artículo deben contener las plantillas de personal en las que se especifiquen todos los empleos públicos, así como las remuneraciones que, por concepto de salarios y prestaciones de ley, les sean asignadas a estos servidores públicos, sin que se realice la incorporación, bajo ninguna circunstancia, de bonos anuales o con cualquier otra periodicidad, gratificaciones por fin del encargo u otras percepciones de similar naturaleza, adicionales a la remuneración que deben recibir legalmente los servidores públicos cualquiera que sea su denominación. Más claro, ni el agua.

Retomo las declaraciones del propio Coll cuando dijo: "La Secretaría de Administración nunca nos ha turnado ningún oficio al respecto que dijera lo contrario, por lo tanto se va a quedar así". Entonces... es autónomo para darse bonos, pero ¡asume dependencia hacia la Secretaría de Administración! Y eso de que "se va a quedar así"... pues, es probable que tenga razón, pero como consecuencia de una sociedad incapaz de hacer valer la ley.

No se debería quedar así. Debería despedir, por ineptos, a quienes fungen como director Administrativo, contralor Interno y gerente Jurídico, respectivamente. Estos funcionarios debieron asesorar adecuadamente a Coll, si es que los conocimientos en la materia no le alcanzan al titular de la CEA. Además, lo anterior no salvaría a los receptores del bono de la sanción prevista en el marco legal.

Más claro, ni el agua; a menos de que el concepto que tengan del agua, en esa dependencia, que paradójicamente a eso se dedica, sea tremendamente turbio.

Bono que no has de tener, debes devolver.


rogelio_campos@yahoo.com

sábado, 19 de enero de 2008

Azteca y español

Tendríamos que recurrir a las mentes privilegiadas para saber si algún Secretario de Gobernación generó la intensidad de la polémica que se ha desatado a partir del nombramiento de Juan Camilo Mouriño Terrazo. La discusión tiene su origen en las múltiples versiones sobre sus antecedentes.

Hay fuentes que señalan que su familia llegó a México en 1978 (El Universal), y otras que en 1984 (La Jornada). Nació en 1971 y fue registrado ante autoridades mexicanas (al parecer en Madrid) en 1979.

La página Web de la Presidencia de la República nunca ha registrado su lugar de nacimiento, a pesar de que este dato sí se consigna en el caso de otros Secretarios. Hasta aquí, se podría tratar simplemente de una falla de elemental sistematización en el llenado de una información básica del Gabinete. Sin embargo, hace meses, por medio de la Ley de Transparencia se preguntó a la Presidencia si Mouriño era español... la información fue negada. El solicitante se inconformó con la respuesta y acudió al IFAI. La interposición de este recurso generó un intenso debate al interior del organismo. Llama la atención la postura del presidente del IFAI, Alonso Lujambio, quien consideró que ¡la nacionalidad es un dato confidencial!

No es lo único que llama la atención de ese debate. La comisionada Jacqueline Peschard dedujo lo siguiente: la ley exige como requisito para ser diputado ser mexicano por nacimiento; Mouriño fue diputado, luego entonces es mexicano por nacimiento. La comisionada seguramente no estudió lógica o se perdió la parte de la trampa de los silogismos.

La presión mediática logró lo que en principio fue negado por el IFAI: se hicieron públicos documentos que acreditarían la nacionalidad mexicana de Mouriño. Ahora, la publicación española Faro de Vigo y otras mexicanas podrán tomar nota del error que cometieron al consignar que la madre de Mouriño habría nacido en Avión, España, y no en la Ciudad de México. También algunas publicaciones mexicanas deberán rectificar respecto al supuesto dicho del propio Mouriño (en los 90), de que habría nacido en Campeche.

En España se aferran a considerar a Juan Camilo español. Así lo consignan tanto El Periódico de Extremadura: "Calderón consagra al español Mouriño", y el portal Terra: "Un español se convierte en el nuevo Ministro de Interior de México". Quizás como consecuencia de estas clarificaciones, los periódicos españoles dejarán de llamar al padre de Mouriño, actual presidente del equipo de futbol Celta de Vigo, "empresario español" y pasarán a nombrarlo "empresario azteca y español", al más puro estilo de Agustín Lara en el bellísimo pasodoble Silverio. Y es que Carlos Mouriño, su esposa y su hijo Carlos (además de Juan Camilo), son militantes activos del PAN, según lo reporta el padrón de afiliados de este partido. Como la militancia en partidos está reservada para los ciudadanos mexicanos, debemos suponer que lo son.

Lo anterior no obsta para que alguno de los miembros de la familia también sea español, y como consecuencia, pudiera tener la doble nacionalidad; en ese caso alguno de ellos pudiera ser azteca y español, pues de lo contrario los periódicos de España deberían de referirse al presidente del Celta como "el empresario mexicano de origen español".

Y es este punto el que sigue generando dudas en algunos analistas. Se dice que Juan Camilo habría usado en 1996 un pasaporte español expedido por el Consulado de España en Miami ("Un Secretario Ilegal en Bucareli", Granados Chapa). Esta posibilidad abre otra discusión jurídica acerca de si está habilitado al tener doble nacionalidad.

Es probable que la presión o la investigación de los medios continúen resolviendo estas dudas. También es posible que demos por sentado lo que se nos dice y hasta nos acostumbremos a usarlas y trivializarlas, como en el caso del apodo, alias o, como según se dice, se conoce a Juan Camilo, a quien sus personas de confianza llaman Iván. Incluso se dice que en su círculo íntimo le llama "Iván el Fino". No pocos columnistas suponen lo anterior y lo trivializan.

Pero EL NORTE y REFORMA publicaron el 21 de mayo y el 18 y 25 de junio de 1997 notas en las que se habla de Iván Mouriño, candidato del PAN a diputado local por el Quinto Distrito de Campeche. En ese año, el único candidato a diputado (además triunfante) fue Juan Camilo Mouriño. De hecho, hay publicaciones que registran la sorpresa de los ciudadanos cuando se registró al candidato Juan Camilo, a quien nadie conocía, y cómo cuando se publicó el nombre con la imagen se dieron cuenta de que se trataba de Iván. En ese tiempo se hablaba ya de la nacionalidad española. Entonces, eso de que nada más los cercanos lo conocen como Iván... nos lleva a la feliz conclusión de que tiene muchos íntimos.

Incluso dos años después, en una nota sobre la reorganización del equipo de precampaña de Vicente Fox (Grupo Reforma 24/4/1999), cuya fuente es Amigos de Fox A.C, se le vuelve a nombrar como Iván (Desplazan a los 'Amigos').

Estos son los inconvenientes de manejar varias versiones o de no atajar oportunamente las que no corresponderían a la realidad. En un ambiente menos serio, le pasa lo mismo a Mouriño cuando habla de futbol. En una entrevista de Grupo Reforma (23/5/2006) se confesó aficionado al Barcelona (no lo culpo), pero posteriormente declaró a Faro de Vigo que el equipo de sus amores era el Celta y que habría que pedirle al Cristo de la Victoria (protector de Vigo) por el equipo... y no es para menos: desde que su padre, Carlos Mouriño tomó al Celta, el equipo se fue de primera a segunda división.

Ojalá que Juan Camilo en Segob maneje versiones sólidas y coherentes y sepa atajar oportunamente aquellas que de no hacerlo, son potenciales generadoras de suspicacias. Que no sea como en el futbol, donde igual dice una cosa como dice la otra; y que tampoco nos pase con este Mouriño lo que pasó con el del Celta: que descendamos de división.