La
actual administración estatal inició hace casi seis años. 2006 fue el
último año completo de la administración de Francisco Ramírez Acuña
-terminada por Gerardo Octavio Solís-, y 2012 lo es del Gobierno de
Emilio González Márquez. Resulta interesante comparar los rubros de
gasto de ambas administraciones en esos años -2006 vs 2012-, de acuerdo
con las cifras oficiales publicadas en el portal de internet del
Gobierno de Jalisco.
Previamente diremos que la inflación entre el 1 de enero de 2006 y la
misma fecha de 2012 fue del 29.27 por ciento. Todos sabemos que los
salarios mínimos y los de los servidores públicos prácticamente aumentan
en la misma proporción que la inflación.
Sin embargo, el presupuesto de Jalisco -desde 2006 y hasta 2012- aumentó
más del doble que la inflación: 66 por ciento. Esto ha sido así en
parte por los altos precios del petróleo que han permitido un prolongado
oasis fiscal y también porque se viene contratando más deuda que hace
seis años.
Llama la atención que si la inflación ha sido del 30 por ciento y el
crecimiento presupuestal del 66 por ciento, al mismo tiempo existan
rubros que en estos seis años hayan crecido muy por encima de esos
porcentajes.
Iniciemos con el Poder Judicial, que en estos seis años ha incrementado
su presupuesto en 71 por ciento: más del doble que la inflación y
ligeramente por arriba del incremento presupuestal del Estado de
Jalisco. El aumento en las participaciones y aportaciones a los
municipios (82 por ciento) ha sido casi en la misma proporción que el
presupuesto de los organismos autónomos (83 por ciento).
La ampliación en el presupuesto de los organismos autónomos (Instituto
de Transparencia, Comisión de Derechos Humanos e Instituto Electoral) se
debe en gran parte al exagerado crecimiento que ha tenido el
financiamiento a los partidos políticos, cargado a la partida del
Instituto Electoral.
Donde las cifras empiezan a parecer inverosímiles es cuando llegamos al
Poder Legislativo. El presupuesto del Congreso ha crecido 137 por
ciento: cuatro veces por encima de la inflación y más del doble del
presupuesto estatal. Esto es sin considerar que ni así les alcanza, y
que ese Poder tiene deudas que equivalen al total del presupuesto anual
que tenían en 2006.
Si el crecimiento presupuestal del Poder Legislativo le parece
exagerado, prepárese para conocer el aumento presupuestal anual por
conceptos de intereses de la deuda pública del Poder Ejecutivo: ¡209 por
ciento! Ahí no para el escándalo, ya que el rubro de Transferencias,
Subsidios y Subvenciones (TSyS), que se ubica en el gasto corriente ha
crecido ¡mil 505 por ciento!
El gasto corriente (nómina, materiales y servicios) del Gobierno de
Jalisco hoy es 166 por ciento mayor que en 2006, dato que contrasta con
la disminución en la inversión pública: hoy se gasta 57 por ciento menos
en este rubro.
Urge un diagnóstico sobre tan extraño comportamiento presupuestal.
Algunos rubros, como el 1,505 por ciento de aumento en las
Transferencias, Subsidios y Subvenciones (TSyS), pudieran ser verdaderos
hoyos negros presupuestales que deben aclararse. Escapa a toda lógica
que Ramírez Acuña en 2006 haya gastado 1,325 millones en este rubro,
mientras que Emilio González en 2012 erogue 21,284 millones.
Parecería broma del Día de los Inocentes siquiera pensar en que la
Administración saliente explique las razones de semejantes cambios en la
presupuestación y gasto. Toca a los académicos e investigadores, pero
sobre todo a la nueva Administración, hacer un trabajo profesional que
despeje las dudas que deja el muy peculiar estilo de gastar de Emilio
González Márquez.
La historia no debe repetirse; necesitamos números y explicaciones
coherentes sobre el presupuesto. No queremos ni necesitamos otro
merolico haciendo performances sobre transparencia y rendición de
cuentas.
También es necesario que de manera clara se establezca una veda
presupuestal para aquellos rubros que reportan salvajes incrementos y
que nos digan en qué proporción se piensa reducir el gasto corriente y
aumentar la inversión pública. Y que además esas proporciones sean en
sentido opuesto a lo que hizo el Gobierno que está aún a dos meses de
irse.
rogelio_campos@yahoo.com
Twitter @camposrogelio
Detrás del maquillajePor Rogelio CamposEl Gobernador contrató a escondidas un monto considerable de deuda a corto plazo, y lo mantuvo en secreto por lo menos durante los primeros diez meses de 2012. De enero a octubre no hay registro de noticias que hagan referencia al oscuro préstamo por mil 400 millones de pesos que habrían sido para pagar deudas de los Juegos Panamericanos.
Hasta octubre, MURAL y los demás medios solamente habían publicado que se debían 500 millones de pesos a los proveedores de los Panamericanos. El 22 de agosto, Mario Vázquez Raña, mandamás de la Odepa, denunció la existencia de una "escandalosa" deuda por mil millones pesos, pero al día siguiente, Carlos Andrade Garín desmentía categóricamente lo dicho por Vázquez Raña.
Vázquez Raña estaba equivocado. No se debían mil millones, se debían más de dos mil: 500 a los proveedores, mil 400 de un crédito oculto y un monto -que no conocemos- por concepto de intereses crediticios y moratorios.
El Gobernador evadió el camino de solicitar la aprobación del Congreso para contratar deuda y se refugió en el artículo sexto de la Ley de Deuda Pública, que dice: "No constituirán deuda pública las obligaciones directas a corto plazo que se contraigan para solventar necesidades urgentes, producto de circunstancias extraordinarias e imprevisibles...". Así contrató el crédito por el equivalente a poco más de 100 millones de dólares. No hay que olvidar que los intereses de los créditos a corto plazo son considerablemente mayores.
Resulta difícil creer que los adeudos fueran producto de circunstancias imprevisibles: desde muchos años antes de los Panamericanos se sabía de su organización y -se supone- de su costo. Y si las circunstancias eran urgentes, extraordinarias e imprevisibles, resulta sospechoso que ese escenario no haya merecido un comunicado oficial oportuno.
El propio artículo sexto de la referida ley pone candados a este tipo de créditos, ya que su vencimiento y liquidación se deben realizar en el mismo ejercicio anual para el cual fueron contratados. Si el crédito se contrató a principios de este año, como lo reveló el Secretario de Finanzas (MURAL, 3/11/2012), debe pagarse este mismo año. De hecho, algunas notas periodísticas indican que precisamente hoy, 21 de diciembre, vence ese plazo. Quizás se fijó el día de vencimiento para no tener que pagarlo, porque dicen que hoy sería el fin del mundo...
La fecha límite impuesta por el banco es el 21 de diciembre, y el 31 de este mes es la fecha límite que impone la Ley de Deuda Pública. Por cierto, sería conveniente saber cuál es el banco con el que se contrató, la tasa de interés y la sanción económica y los intereses moratorios previstos en el contrato de crédito, si no se paga hoy.
Como sea, si el crédito se contrató en esas condiciones es porque había suficiencia presupuestaria para pagarlo en 2012, pero... resulta que no. El artículo octavo de la Ley de Deuda Pública establece que "Las operaciones de crédito público realizadas en contravención a las disposiciones previstas en la presente ley son nulas de pleno derecho sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran quienes las lleven a cabo".
La contratación del crédito contraviene además varias disposiciones previstas en la Ley de Deuda Pública, y por tanto -según la propia ley- son nulas y deben ejercerse las acciones legales correspondientes.
Para muestra de las disposiciones vulneradas, en el artículo sexto encontramos un botón. Los créditos de corto plazo, a pesar de no ser considerados como deuda pública, "quedarán sujetos a los requisitos de información y registro previstos en esta Ley". Resulta muy extraño que nadie se haya percatado de la existencia del crédito si éste, a pesar de no ser considerado técnicamente como deuda pública, sí se encuentra sujeto a los mismos requisitos de información y registro que los otros.
Las cosas se empiezan a explicar cuando se consulta la página del Gobierno del Estado: en ningún lugar se encuentra publicitado ni registrado el crédito de marras, pero lo más grave es que el Gobierno no solamente no lo publicó, sino que hizo todo lo posible por ocultarlo, llegando a maquinar versiones alejadas de la realidad y a maquillar cifras sobre el verdadero adeudo de los Panamericanos. ¿Así se quedará?
rogelio_campos@yahoo.com
Twitter @camposrogelio
El
pasado 29 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia emitió el Acuerdo
11/2012, por el que se "determina el procedimiento para integrar quince
ternas de candidatos a Magistrados de Salas Regionales del Tribunal
Electoral (TE) del Poder Judicial de la Federación".
El TE está conformado por una Sala Superior integrada por siete
magistrados y cinco salas regionales, y en cada una hay tres. Los 15
Magistrados que integran las salas regionales terminan su encargo el 7
de marzo de 2013, y a ello obedece el Acuerdo 11/2012.
Los Magistrados que integran las salas regionales resuelven asuntos de
la mayor relevancia, tanto del proceso electoral federal como de los
procesos locales. Un Magistrado de Sala Regional percibe anualmente dos
millones 300 mil pesos; al terminar su cargo de nueve años cada uno se
habrá llevado entonces 21 millones de pesos.
Llama la atención la forma en que la Corte ha decidido "difundir" la
convocatoria: parecería que el objetivo es que nadie se entere.
Tratándose de cargos de gran responsabilidad, por lo trascendente de sus
decisiones, la prolongada duración del nombramiento y las
remuneraciones, que están en la cima de cualquier tabulador del servicio
público, sería conveniente que la convocatoria tuviera la mayor
difusión posible.
En el segundo transitorio del Acuerdo de la Corte se indica que debe
publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el Semanario
Judicial y su Gaceta, en cuatro diarios de circulación nacional y en
medios electrónicos de consulta pública.
El Acuerdo sí se publicó en el DOF, pero no aparece en el Semanario ni
en la Gaceta. Tampoco se encuentra en los portales principales de
Internet de la Corte ni del Tribunal Electoral ni del Senado, que es a
donde se enviarán las ternas. En el portal de Internet de la Corte sí
aparecen varios acuerdos, incluso el 12/2012, pero no el inmediato
anterior que convoca a los interesados que aspiren a estos cargos.
Eso no es todo: el Acuerdo dispone que los interesados únicamente
cuentan con cinco días para presentar su documentación certificada por
notario y un ensayo de hasta 15 cuartillas. Por si lo anterior fuera
poco, los interesados de cualquier parte del País deben ir al DF a
presentar su documentación.
El Acuerdo y la forma de darlo a conocer revelan que en el Poder
Judicial de la Federación está ausente el principio de "máxima
publicidad". El Acuerdo ni siquiera aparece en la sección de
comunicados: un simple boletín de prensa habría sido replicado como nota
por varios medios de comunicación.
La mínima difusión de un acuerdo de semejante magnitud y el poco tiempo
que se concede a los aspirantes privilegia a la burocracia judicial, que
es la que sí puede estar al tanto de tan peculiar forma de dar
publicidad a este acto público.
El proceder de la Corte lleva a pensar que en el proceso hay cartas
marcadas o favoritismo para ciertos aspirantes. La otra opción es que
los Ministros de la Corte no quieren llenarse de cientos de solicitudes,
pero entonces debería modificarse la norma para establecer requisitos
más rígidos.
Cuando un proceso de renovación de este tipo de cargos es publicitado
ampliamente y se da el tiempo suficiente para que los interesados se
inscriban, hay oportunidad para que periodistas, editorialistas,
académicos, especialistas, intelectuales y organizaciones hagan un
análisis de los perfiles idóneos, un balance de la gestión que termina y
un escrutinio público de los aspirantes. Pareciera que algunos poderes
ya encontraron la forma de reducir al mínimo esta posibilidad.
El proceso deja muy mal parada a la Corte en cuestión de transparencia y
da una mala señal sobre la vocación del Poder Judicial para manejar de
cara a la sociedad la renovación de cargos de la máxima importancia. Los
tiempos que corren demandan sin duda otro tipo de prácticas en el
proceso de designación de quienes tienen en sus manos los veredictos de
las cuestiones electorales.
Las elecciones y sus impugnaciones -que resuelve el TE- son mecanismos
propios de un régimen democrático, y las cuestiones democráticas exigen
un manejo distinto del que la Corte ha decidido dar a este asunto. ¿Así
se quedará?
rogelio_campos@yahoo.com
Twitter @camposrogelio